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SCJN desecha proyecto de sentencia sobre uso lúdico del peyote

REDACCIÓN
ORO NEGRO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó este miércoles, por mayoría de cuatro votos, un amparo ante el proyecto de sentencia en contra de una persona que fue detenida por presunto uso lúdico del peyote y hongos alucinógenos.

Durante la sesión de la Prime Sala, la SCJN refirió que la prohibición tanto del peyote como de los hongos alucinógenos es constitucional para toda la población en México.

El quejoso afirmó pertenecer a una comunidad indígena en nuestro país, por lo cual solicitó que se le permitiera utilizar peyote sustentándose en que lo hacia con fines religiosos.

Sin embargo, se dio a conocer que la persona que presentó el amparo en ningún momento “dio a conocer” a qué comunidad supuestamente pertenece.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, además, desestimó la petición porque tampoco se esclarece si la comunidad mencionada utiliza la planta en sus ceremonias religiosas.

“No es posible equiparar la auto-adscripción o auto- identificación indígena (pertenencia cultural e identidad indígena), con la circunstancia de una persona que sólo afirma compartir la ideología o visión de pueblos o comunidades indígenas o tribales, ya que dichos supuestos ameritan un tratamiento diferente”, señala el documento.

También refirió que para que los órganos jurisdiccionales del país puedan determinar si se vulneran las libertades de la persona agraviada, se debe realizar un estudio sobre las tradiciones y costumbres de los grupos indígenas a los que aquel hizo referencia.

Los ministros explicaron que el proyecto no incluye un análisis de más artículos de la Ley General de Salud, reclamados por el quejoso, por lo que decidieron regresar el asunto a Rebolledo, quien podrá pedir opinión sobre el consumo del peyote para presentar una nueva propuesta.

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